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Inicia vigencia de Ley Anticorrupción en El Salvador

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El Salvador inicia una nueva etapa en la lucha contra la corrupción con la entrada en vigor de la Ley Anticorrupción, aprobada a principios de este año y diseñada para combatir de forma integral las prácticas ilícitas en el sector público. La normativa comenzó a regir este lunes, tras un período de 180 días desde su publicación oficial, tiempo establecido para que las instituciones prepararan su implementación.

La ley tiene un alcance que cubre a todos los funcionarios y empleados públicos, autoridades de los tres órganos del Estado, municipalidades, instituciones autónomas y descentralizadas. También incluye a personas naturales y jurídicas que tengan vínculos contractuales o de gestión con el Estado, con el objetivo de cerrar cualquier resquicio que permita evadir la fiscalización.

Uno de los fundamentos de la normativa es el establecimiento del Sistema Nacional Integrado Anticorrupción (SINAC), compuesto por doce entidades importantes, tales como la Fiscalía General de la República, la Corte de Cuentas, el Órgano Judicial, la Policía Nacional Civil y ministerios como los de Hacienda, Seguridad y Obras Públicas. Cada una de estas instituciones desempeñará un rol específico en la prevención, control, investigación y sanción de las acciones corruptas.

La gestión de este sistema será responsabilidad de la Fiscalía General, que tomará el liderazgo del SINAC. Dentro de su estructura funcionará el Centro Nacional Anticorrupción (CNA), una entidad especializada que se encargará del análisis de datos, inteligencia y actividades de investigación con el respaldo de tecnología avanzada. El CNA se dedicará a identificar tempranamente posibles irregularidades y a coordinar operaciones conjuntas con otras entidades del Estado.

En materia de transparencia patrimonial, la ley refuerza las obligaciones para todos los servidores públicos. Estos deberán presentar un Informe de Activos y Pasivos junto con su declaración anual de Impuesto sobre la Renta. El informe deberá incluir no solo bienes y deudas, sino también adquisiciones y transferencias realizadas durante el año fiscal, tanto del funcionario como de su cónyuge o conviviente. Esta información será pública y estará disponible en un portal administrado por el Ministerio de Hacienda, lo que busca facilitar la supervisión ciudadana.

El Tribunal de Cuentas podrá acceder sin limitaciones a estas declaraciones de bienes y tendrá la responsabilidad de constatar posibles desajustes o señales de enriquecimiento ilícito. Si detecta anomalías, deberá remitir el caso a la Fiscalía para su investigación formal.

La ley contempla además un mecanismo robusto de denuncias, garantizando la confidencialidad y la protección de quienes alerten sobre actos de corrupción. Los delitos tipificados incluyen peculado, cohecho, malversación, concusión, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, soborno transnacional y cualquier otra conducta que atente contra la integridad del servicio público. Un aspecto clave es que la acción penal para estos delitos será imprescriptible, lo que significa que podrán ser perseguidos sin importar cuánto tiempo haya pasado desde su comisión.

Con esta legislación, el país busca no solo sancionar a quienes cometan actos corruptos, sino también prevenirlos a través de controles más estrictos, transparencia en la gestión y una mayor participación ciudadana en la vigilancia de los recursos públicos.

El desafío ahora será garantizar que el Sistema Nacional Integrado Anticorrupción y el Centro Nacional Anticorrupción cuenten con el personal, los recursos y la independencia necesarios para cumplir su misión. La sociedad salvadoreña y la comunidad internacional estarán atentas a cómo se aplica esta normativa y si logra traducirse en una reducción real de la corrupción y en una mejora tangible en la confianza hacia las instituciones.

Por Otilia Adame Luevano

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